En la atención primaria municipal, el sueldo base de cada funcionario depende del nivel en que está ubicado dentro de su categoría, y ese nivel depende de un puntaje que suma dos cosas: experiencia y capacitación.1,2 Un curso mal puntuado, un bienio que no se reconoció o un excedente que se dio por perdido mueven a una persona de nivel, y con eso su remuneración.
Esta guía resume qué fija la ley, qué fija el reglamento para todo el país, qué decide cada comuna y cómo se calcula, paso a paso, el puntaje de capacitación.
Qué es la carrera funcionaria en APS
La Ley N° 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, define tres elementos de la carrera: la experiencia, medida en bienios; la capacitación, mediante cursos o estadías programados y aprobados; y el mérito, que es la evaluación positiva que hace la comisión de calificación.1 Su reglamento, el Decreto N° 1889 de 1995 del Ministerio de Salud, ordena la carrera de cada categoría en 15 niveles, ascendentes a contar del nivel 15.2
Sólo la experiencia y la capacitación dan puntaje para subir de nivel. El mérito no suma puntos de carrera: da derecho a la asignación anual de mérito, que se paga por tramos según la calificación.2
Qué fija la norma y qué decide cada comuna
Parte del cálculo es igual en todo el país y parte la decide cada entidad administradora. Confundir una cosa con otra es el origen de muchos reclamos.
| Lo fija la ley o el reglamento | Lo decide cada entidad administradora |
|---|---|
| Máximo de 15 bienios de experiencia | Cuántos puntos vale la experiencia y cómo se reparten entre los niveles |
| Tabla de puntos por horas, factor de evaluación y factor de nivel técnico | Rango de puntaje de cada uno de los 15 niveles |
| Tope de 150 puntos de capacitación por año y 4.500 en toda la carrera | Sueldo base de cada nivel, aprobado por el Concejo Municipal |
| Pisos de sueldo: el nivel 15 no puede estar bajo el sueldo base mínimo nacional | Tramos de puntaje de capacitación y su porcentaje |
Los pisos los pone la ley: con el máximo de experiencia, el funcionario debe quedar en un nivel cuyo sueldo base supere en al menos un 80 % el sueldo base mínimo nacional de su categoría; con el máximo de capacitación, en al menos un 45 % para las categorías a) y b) y un 35 % para las demás.1 Cómo se llega a esos pisos lo define cada comuna: el reglamento le pide asignar un máximo a la experiencia y otro a la capacitación, y repartir la suma entre los 15 niveles.2
La experiencia: bienios de servicio efectivo
El puntaje de experiencia se concede por cada dos años de servicios efectivos. Se computan los períodos continuos y discontinuos trabajados en establecimientos públicos, municipales o corporaciones de salud, en cualquier calidad jurídica.2 La Dirección del Trabajo ha precisado que se cuentan con independencia de cuándo empezó la relación laboral actual o de cuándo se publicó la ley.7
Hay límites. No sirven los permisos sin goce de remuneraciones, aunque se hayan reconocido para efectos previsionales.2 Tampoco los años en una entidad que no es un establecimiento público de salud: la Dirección del Trabajo descartó, por ejemplo, los servicios en un hospital parroquial.8 Los bienios se acreditan con certificados oficiales de los servicios, municipios, corporaciones o entidades previsionales, y se anotan en la hoja de carrera funcionaria.2
La capacitación: qué cursos cuentan
Para la carrera sólo cuentan los cursos y estadías que forman parte de un programa de formación reconocido por el Ministerio de Salud.1 Cada actividad debe cumplir tres requisitos: estar incluida en el Programa de Capacitación Municipal, cumplir la asistencia mínima y tener aprobada la evaluación final.2 Además, debe haberla dictado un organismo capacitador reconocido por el Ministerio.2
El programa se formula cada año y se envía al Ministerio de Salud a más tardar el 30 de noviembre.2 El Ministerio publica orientaciones para armarlo, con lineamientos estratégicos y pasos para levantar las necesidades de capacitación de cada comuna.6
El funcionario debe presentar los certificados de horas, asistencia y evaluación hasta el 31 de agosto de cada año.2 Según la Dirección del Trabajo, presentarlos después no impide que se reconozcan los puntos, si la actividad cumple los requisitos.4
Cómo se calcula el puntaje de un curso
El reglamento usa un sistema acumulativo de tres elementos: la duración, la evaluación y el nivel técnico.2 La duración, en horas pedagógicas, da un puntaje base:
| Duración | Puntos |
|---|---|
| Menos de 16 horas | 25 |
| Entre 17 y 24 horas | 45 |
| Entre 25 y 32 horas | 65 |
| Entre 33 y 40 horas | 80 |
| Entre 41 y 79 horas | 90 |
| 80 horas y más | 100 |
Ese puntaje se multiplica por dos factores. El de evaluación es 0,4 si el curso se aprobó con evaluación mínima, 0,7 con evaluación media y 1,0 con evaluación máxima. El de nivel técnico, según la profundidad y especialización de la materia, es 1,0 si es bajo, 1,1 si es medio y 1,2 si es alto.2
Así, un curso de 40 horas aprobado con evaluación máxima y nivel técnico medio vale 80 × 1,0 × 1,1 = 88 puntos. Uno de 24 horas con evaluación media y nivel bajo vale 45 × 0,7 × 1,0 = 31,5.
Un detalle de la tabla: tal como está escrita, va de «menos de 16 horas» a «entre 17 y 24», sin nombrar el curso de 16 horas exactas. Conviene que el reglamento comunal lo resuelva por escrito, antes de que llegue el primer reclamo.
El tope de 150 puntos y el excedente
Nadie puede computar más de 150 puntos de capacitación en un año calendario, ni acumular más de 4.500 en toda su carrera.2 El reglamento no dice qué pasa con los puntos que exceden el tope anual. La Dirección del Trabajo ha dictaminado que el excedente debe computarse para el año calendario siguiente, porque la ley concibió un sistema acumulativo de puntaje.3,4 Lo reiteró en 2017: el funcionario no pierde ese excedente y puede usarlo al año siguiente.5
Para ver cuánto pesa la diferencia, estos son los cursos de un funcionario de ejemplo entre 2022 y 2026, con su puntaje calculado según la tabla y los factores:
| Año | Curso | Puntaje |
|---|---|---|
| 2022 | 80 horas, evaluación máxima, nivel alto | 100 × 1,0 × 1,2 = 120 |
| 2022 | 40 horas, evaluación máxima, nivel medio | 80 × 1,0 × 1,1 = 88 |
| 2023 | 24 horas, evaluación media, nivel bajo | 45 × 0,7 × 1,0 = 31,5 |
| 2024 | 120 horas, evaluación máxima, nivel alto | 100 × 1,0 × 1,2 = 120 |
| 2024 | 32 horas, evaluación máxima, nivel medio | 65 × 1,0 × 1,1 = 71,5 |
| 2026 | 40 horas, evaluación media, nivel medio | 80 × 0,7 × 1,1 = 61,6 |
En 2022 y 2024 suma más de 150 puntos. El gráfico muestra el puntaje acumulado en los dos escenarios:
Cuándo se cambia de nivel
El acceso a un nivel rige desde la fecha en que el funcionario completa el puntaje requerido, por cualquiera de los dos elementos, y se formaliza con un documento y su anotación en la hoja de carrera.2 La Dirección del Trabajo ha aplicado esa regla también cuando los puntos se reconocen más tarde.4
La fecha importa, porque corregir después no es sencillo: en 2017 la Dirección del Trabajo recordó que, según su jurisprudencia, la Ley N° 19.378 no contempla efecto retroactivo para corregir el nivel de un funcionario.5 Por eso conviene que el cálculo quede bien hecho desde el principio.
Cada entidad debe llevar una hoja de carrera funcionaria por persona, con sus estudios y títulos, los bienios reconocidos, los cargos, la capacitación con su puntaje, las calificaciones y los sumarios.2 Es el respaldo de todo el cálculo.
Dónde suelen fallar las planillas
- El tramo de horas. Un curso de 40 horas y otro de 41 caen en tramos distintos (80 y 90 puntos).
- Los factores. La evaluación y el nivel técnico multiplican el puntaje base: el mismo curso aprobado con evaluación mínima vale 60 % menos que con evaluación máxima.
- El excedente sobre 150. Si la planilla corta en 150 y no arrastra, el funcionario pierde puntos que, según la Dirección del Trabajo, le corresponden.
- La fecha de cambio de nivel. Es la del día en que se completa el puntaje, no la de fin de año ni la del decreto que lo formaliza.
- Los bienios. Los permisos sin goce se descuentan; los períodos discontinuos, en cualquier calidad jurídica, se suman.
- Los antecedentes. Si el certificado del curso de 2019 está en una carpeta que nadie encuentra, el cálculo no se puede revisar.
Cuándo conviene dejar la planilla
En una dotación pequeña, una planilla bien hecha puede bastar. El problema aparece cuando el cálculo depende de una sola persona, cuando la dotación crece o cuando un funcionario reclama y hay que reconstruir años de cursos y bienios con los mismos criterios.
CareerCare aplica el marco de la Ley 19.378 a escalafones, tramos, niveles, puntajes y antigüedad. Registra la capacitación ligada a su puntaje, reúne el expediente de cada funcionario y deja constancia de cómo se llegó a cada resultado, para que el cálculo pueda revisarse ante un reclamo.
Fuentes
- Ley N° 19.378, establece Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, artículos 5, 37 a 42.
- Ministerio de Salud. Decreto N° 1889 de 1995, aprueba Reglamento de la carrera funcionaria del personal regido por el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, artículos 18 a 57.
- Dirección del Trabajo. Dictamen ORD. N° 6003/381, de 13 de diciembre de 1999: excedente de puntaje de capacitación sobre el tope anual.
- Dirección del Trabajo. Dictamen ORD. N° 5310/357, de 19 de diciembre de 2000: acreditación y cálculo de la capacitación en salud municipal.
- Dirección del Trabajo. ORD. N° 5562, de 16 de noviembre de 2017: reconocimiento del elemento capacitación y exceso de puntaje.
- Ministerio de Salud. RPE N° 7: Ejes estratégicos para gestión de la capacitación en los establecimientos de atención primaria municipal.
- Dirección del Trabajo. Dictamen ORD. N° 5308/97, de 31 de diciembre de 2008: períodos computables para la experiencia.
- Dirección del Trabajo. Dictamen ORD. N° 2215/154, de 18 de mayo de 1998: servicios en un hospital parroquial no son computables para la experiencia.